La Audiencia de Cantabria ha absuelto a un hombre condenado por cultivar diez kilos de plantas de marihuana en una finca de Santillana del Mar, al considerar que no ha quedado acreditado que sembrara la droga para el tráfico o distribución a terceras personas.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Santander condenó en octubre del año pasado a este hombre a ocho meses de cárcel y a pagar una multa de 2.000 euros como autor de un delito contra la salud pública por sembrar diez plantas en una finca junto a su casa, no solo el consumo propio, si no para «trasmitirlas a terceros».
En una sentencia, dictada el 7 de marzo, la Audiencia de Cantabria revoca la resolución del Juzgado y absuelve al condenado.
La Audiencia considera que el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Santander incurrió en un «claro error en su proceso valorativo» y señala que no se puede extraer, «con el grado de certeza exigible en material penal», que las plantas de marihuana estuvieran destinadas, además de al autoconsumo, a distribuirse a tercera personas.
También indica que quedó probado en el juicio que el hombre era consumidor habitual de esta droga y que estaba en tratamiento para deshabituarse de ella y de la ingestión de cocaína.
La Audiencia añade, en su resolución, que el número de plantas incautadas no era «excesivo para inferirse» que estaba destinadas al a la venta, ni se encontró material que produjera un mayor crecimiento de las plantas.
Tampoco, según la Audiencia, se ha comprobado que las plantas estuvieran ocultas, si no que, «al contrario, se encontraban en una huerta a la vista de los vecinos, no estando ni tan siquiera cubiertas por ningún tipo de plástico o invernadero». «Se veían desde la calle, lo que posibilitó que fueran avistadas por los agentes de la guardia civil que las incautaron», añade la Audiencia.
«No existe dato alguno que acredite que el acusado haya llevado a cabo ningún acto de tráfico, no habiéndole sido ocupados útiles aptos para la distribución de la droga», explica la Audiencia de Cantabria, que indica que el hombre tampoco tenía cantidades de dinero que lleven a pensar que vendía la droga, ni un nivel de vida acorde con ello.
La Audiencia de Cantabria afirma que dada la condición de consumidor del hombre y ante su falta de recursos -ya que estaba en el paro-, se explicaría que decidiera sembrar las plantas para su propio consumo.
Fuente: ABC