Interesante, el debate que surge de la iniciativa que ha tenido la Policía Local de Vitoria-Gasteiz sobre no realizar más denuncias de infracciones muy graves a los conductores que, aun habiendo tomado algún tipo de droga, no presentan síntomas de encontrarse bajo sus efectos ni de causar riesgo para sí mismos o para el resto de usuarios de la vía.
¿Por qué es interesante el debate? Porque pone sobre la mesa un problema que arrastramos con la detección de drogas que afectan a la conducción. Si le echamos una ojeada a lo que recoge en su artículo 27.1 el Reglamento General de la Circulación sobre el problema de las drogas al volante, tenemos lo siguiente:
No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos o bicicletas que hayan ingerido o incorporado a su organismo psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, entre las que se incluirán, en cualquier caso, los medicamentos u otras sustancias bajo cuyo efecto se altere el estado físico o mental apropiado para circular sin peligro.
¿Puede la Policía multar por conducir con drogas y sin síntomas?
Si analizamos el párrafo del Reglamento, lo que se dice es que no se puede circular habiendo ingerido “psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas”, y el legislador ejemplifica de la siguiente forma: “entre las que se incluirán los medicamentos u otras sustancias bajo cuyo efecto…”
Es decir, que está prohibido circular habiendo tomado psicotrópicos, estimulantes y sustancias análogas, pero no dice que haya que haber tomado drogas y además estar bajo sus efectos para ser sancionado. En principio, pues, la Policía Local de Vitoria ha tomado un camino que no parece ser muy acorde con lo que dice el Reglamento General de la Circulación. Quizá por eso, las consultas realizadas por Noticias de Álava, de donde procede la noticia, acaban de esta forma:
Una pequeña parte de las policías de todo el Estado sondeadas – municipales, Ertzaintza, Guardia Civil y Mossos d’Esquadra- prefirió no facilitar información sobre su forma de proceder al respecto, pero el resto confirmó que multan con la mayor sanción permitida a los conductores cuando dan positivo en los controles de detección de drogas, independientemente de si aprecian o no síntomas de que no se hallan en condiciones de manejar su vehículo.
De hecho, ya los servicios municipales vitorianos analizaron la ley y consideraron imprescindible dejar claro en las denuncias que la presencia de drogas en el organismo no implicaría necesariamente que su consumidor se hallase influenciado por ellas. Sin embargo, la Policía Local de la capital alavesa no lo ha visto todo tan evidente y ha decidido plantarse.
¿Drogas, medicamentos, efectos?, un cóctel extraño
Pero como hemos hablado de debate, no todo puede ser blanco o negro. Ha habido abogados que han aplaudido la iniciativa de la Policía Local de Vitoria-Gasteiz porque según dicen “ayuda a terminar con la indefensión de los denunciados”, que pueden acabar en el banquillo de los acusados por haber tomado fármacos usados de forma común para combatir afecciones leves, como un catarro o un dolor de cabeza, y en algunos casos el seguro podría no cubrirlos.
Además, hay letrados que ante lo que califican como “afán recaudatorio” por parte de policías locales, autonómicas o estatales, aseguran que la Policía Local de Vitoria están actuando con corrección. Como vemos, para gustos los colores… y la interpretación de una ley que quizá debería ser un poco más clara.
El hecho es que hay presencia de drogas en alrededor de un 10 % de los fallecidos en siniestros viales, el mismo porcentaje que cuando hablamos de fármacos y conducción, y eso significa que el problema de las drogas y los medicamentos en la conducción es lo suficientemente importante como para que se plantee de una vez por todas un mecanismo similar al que existe con la detección del alcohol, que es mucho más precisa.
De lo contrario, nos encontramos con situaciones extrañas como esta, donde uno no sabe a quién dar la razón: si a lo que dice textualmente la ley, a lo que hace el que la aplica en un determinado territorio o al que lo hace en la provincia de al lado. Con lo sencillo que sería no tomar según qué cosas, al menos si hay que conducir…
fuente: circula seguro